11 may 2011

Decreto 2355 de 2009, la confianza Inversionista en la educación

María Antonieta Cano, Editorial Tribuna Magisterial, Bogotá, mayo 8 de 2011

Los colegios en concesión se iniciaron en Bogotá entre 1999 y 2001, durante la alcaldía de Peñalosa cuando se desempeñaba como Secretaria de Educación Cecilia María Vélez. Se entregaron a entidades privadas veintitrés establecimientos construidos y dotados por la administración de Bogotá.

El sistema convierte la educación en objeto de negocio y la somete a los avatares propios de la contratación pública, sujeta a mordidas, corrupción, clientelismo, incumplimiento e insolvencias, con el agravante de que aquí todos estos desatinos afectan la educación de niños, niñas y jóvenes.

Como en cualquier contrato hecho en el marco de la confianza inversionista, el Estado le garantiza al concesionario el retorno de la tasa de ganancia y la rentabilidad, girándole en promedio un millón cuatrocientos mil pesos por estudiante, suma que supera incluso el presupuesto per cápita en la educación pública estatal, de alrededor de 940 mil pesos.

El decreto 2355 de 2009, que reglamenta la contratación del servicio público educativo por parte de las entidades territoriales certificadas, vuelve norma lo que fuera un ensayo. Se deja que sean la educación contratada, el sistema de concesión educativa y la administración del servicio educativo por parte de iglesias y confesiones religiosas las que presten el servicio en detrimento de las instituciones públicas administradas directamente por el Estado.

Este decreto recurre al argumento de facultar a las entidades territoriales certificadas para celebrar contratos de servicio educativo cuando se demuestre la insuficiencia de establecimientos estatales, con lo que da un paso adelante en la estrategia de debilitar la educación pública. El Estado mismo evade sus responsabilidades, para entregárselas al capital privado, en aprietos financieros por el éxodo que ha habido de estudiantes de los colegios privados a las escuelas públicas.

Las modalidades de privatización contempladas en el decreto 2355 son rentables para el inversionista. En el sistema de concesión, el contratista entra ganando porque el Estado pone la infraestructura física y la dotación y la demanda está garantizada con el pago que, con recursos del erario, se les gira por cada estudiante. Con la educación contratada y el banco de oferentes, se les resuelven los problemas financieros a los propietarios de colegios que han visto disminuida la matrícula y tienen una infraestructura subutilizada. Y con la administración del servicio educativo por parte de iglesias y confesiones religiosas, se benefician intereses particulares y se promociona al mismo tiempo una educación confesional contraria a la educación laica contemplada en la Constitución colombiana.

¿Qué maniobra alienta con la medida el gobierno del presidente Santos? Que la educación sea financiada por el Estado pero administrada por el sector privado que, como es sabido, antepone los criterios de eficiencia y ganancia. El gobierno impele a la flexibilización y precarización del trabajo docente, con jornadas laborales de hasta once horas diarias y salarios integrales de 800 y 900 mil pesos, que deben cubrir los costos de la seguridad social, alimentación y transporte. Y pone en plano secundario la formación de los estudiantes, la cual queda bajo el arbitrio de la educación como negocio. Entre 2003 y 2009, en Bogotá, de cada diez nuevos cupos, tres se crearon bajo este tipo de prestación.

Para derrotar esta política privatizadora, la negociación del pliego de peticiones que FECODE radicó el pasado 7 de abril de 2011, deberá contar con la movilización decidida de estudiantes, profesores y padres de familia y la realización del paro nacional indefinido en defensa de una educación pública de calidad, financiada y administrada directamente por el Estado.

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