27 oct 2013

Estudiantes en Estado Crítico

22 de octubre de 2013 a la(s) 15:48


Un duro golpe, sin anestesia han recibido estudiantes univallunos en su mayoría de pregrado, a quienes se les ha negado la autorización de medicamentos y procedimientos en el Servicio Médico Universitario, por el hecho de estar afiliados a una Entidad Prestadora de Salud –EPS- o al SISBEN, acción que se viene presentando sin alguna normatividad o legalidad que la soporte.

Denunciamos y reiteramos que no existe en la Reglamentación de la Universidad, norma alguna que prohíba la autorización de medicamentos y procedimientos a estudiantes afiliados al Sistema de Salud. El Servicio Médico para los estudiantes está regulado en la Ley 30 de 1992, como se indica en el Portafolio de Servicios de la Vicerrectoría de Bienestar Universitario[1] y no por la Ley 100 de 1993, sumado a ello, los estudiantes no están vinculados al Servicio Médico bajo la figura de afiliados, si no, como beneficiarios del Sistema de Bienestar Universitario, que aplica a cualquier estudiante, sin distinción de afiliación o no al sistema de salud colombiano.

Igual de desalentadora es la situación para los estudiantes de posgrado de la Universidad, quienes no bastando con endeudarse con el ICETEX u otras entidades financieras, para poder pagar los 7.5 salarios mínimos que les cuesta la matrícula, en su mayoría renuncian al Servicio Médico Universitario, a través de una carta y fotocopia del carnet de EPS o SISBEN, con el fin de obtener un pírrico descuento de aproximadamente 100 mil pesos en el valor de la matrícula financiera; es con este mecanismo que la administración de la Universidad en una aparente acción benéfica disminuye el número de estudiantes a atender.

Los anteriores hechos evidencian la intención de la administración de la Universidad por reducir presupuesto, a través de la disminución del número de estudiantes demandantes de procedimientos y medicamentos, población que hace mayor uso del Servicio Médico Universitario, en 2012 de 24.772 personas atendidas en el Servicio Médico, 18.433 eran estudiantes, con un 59.9% de consultas a Médico Permanente[2]. Ante tan grave situación para los estudiantes, la administración universitaria debe aclarar y corregir este proceder pues no se ajusta a las actuales normas que rigen el Sistema de Bienestar Universitario, y al contrario dichas medidas atentan contra la prestación del derecho a la salud de los estudiantes.

Exigimos la autorización inmediata de medicamentos y procedimientos de cualquier estudiante de la Universidad.

Llamamos a todos los estudiantes afectados por tal decisión a pronunciarse públicamente para iniciar la documentación de los casos y a la movilización en defensa de nuestro Servicio Médico Estudiantil.

(Enviar en virtual al correo representacionacademicouv@gmail.com o en físico a la oficina del Consejo Estudiantil Unviersitario - CEU (Edificio 332, contiguo al auditorio 1, Meléndez)


Angie Riascos Rojas
Representante Estudiantil al Consejo Académico


[1] “La atención en Salud para los estudiantes de la Universidad del Valle, se enmarca en la política de Bienestar Universitario, estipulada en el Artículo 117 de la Ley 30 de 1992 y se diferencia en sus alcances y cobertura, a lo determinado en la Ley 100 de 1993 sobre Seguridad Social en Salud.” http://vicebienestar.univalle.edu.co/vicerrectoria/manual-induccionV13dic.pdf

[2] Anuario Estadístico de la Universidad del Valle de 2012.

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